DEPARTAMENTO MONOAMBIENTE, AL FRENTE CON BALCÓN, COCINA INTEGRADA, BAÑO COMPLETO.
JUAN B ALBERDI 2965 Dpto. 6 C
Ley 5859 – Art. 4: «Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes».
CUCICBA Mat 2689
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